RESOLUCIÓN OPERATIVA RESTRICCIÓN DE ESPACIO AÉREO - SANTIAGO DE CALI
Prohibición temporal de operaciones de Sistemas de Aeronaves no Tripuladas (UAS/Drones).
La Aerocivil implementa esta medida en ejercicio de sus facultades legales para garantizar la seguridad aérea y el orden público. La llegada de mandatarios internacionales, delegaciones oficiales y altas dignidades del Estado exige la máxima protección del espacio aéreo.
Las aeronaves no tripuladas representan un riesgo potencial para la aviación tripulada comercial y militar que operará de manera intensiva durante las ceremonias. Por lo tanto, se restringe de forma total el uso de estos dispositivos de aviación civil no comercial para mitigar interferencias o incidentes de seguridad física y electrónica.
Delimitación Geográfica
La restricción abarca de forma estricta el espacio aéreo comprendido por las siguientes jurisdicciones:
Casco urbano: Distrito de Santiago de Cali en toda su extensión.
Zona de influencia metropolitana: Municipios de Palmira, Yumbo, Jamundí y Candelaria.
Áreas de aproximación: Corredores de tránsito aéreo asignados al Aeropuerto Internacional Alfonso Bonilla Aragón.
Parámetros Técnicos de la Restricción
Dispositivos prohibidos: Todo tipo de aeronave no tripulada (UAS/RPA/Drones), sin importar su peso, categoría (abierta, específica o certificada) o propósito (recreativo, comercial o filmación).
Techo de restricción: Desde la superficie (GND) hasta el límite superior del espacio aéreo controlado de la zona (GND a ilimitado para efectos de drones).
Excepciones: Únicamente operarán las aeronaves no tripuladas de las Fuerzas Militares de Colombia, la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado debidamente coordinados y autorizados por el Puesto de Mando Unificado (PMU).
Consecuencias por Incumplimiento
El desacato a esta directriz operativa activará de inmediato los protocolos de defensa del espacio aéreo nacional. Las consecuencias aplicables incluyen de manera taxativa:
Derribo o neutralización: Uso de sistemas de inhibición de señal (anti-drone) por parte de las fuerzas de seguridad pública.
Decomiso de equipos: Retención inmediata del hardware, software y estaciones de control por parte de la Policía Nacional.
Sanciones económicas: Multas administrativas impuestas por la Aerocivil de acuerdo con los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC).
Acciones penales: Judicialización ante la Fiscalía General de la Nación si el vuelo pone en riesgo la seguridad nacional o la vida de los asistentes a los actos oficiales.
Canales de Comunicación y Reportes
La Aerocivil mantendrá un monitoreo en tiempo real del espacio aéreo. Los operadores regulares que requieran información técnica sobre la reactivación de las zonas deberán consultar los canales oficiales de la entidad:
Consultas técnicas: Oficina de Servicios de Información Aeronáutica (AIS).
Reporte de violaciones: Central de Operaciones de la Policía Metropolitana de Cali o torres de control del sector.
